
En el BOE del día 23 de diciembre, se ha publicado el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, que recoge diversas medidas tributarias que ya estuvieron vigentes con anterioridad, y adopta otras en materia laboral. Entre otras, se recogen novedades en el aplazamiento de deudas y nuevas medidas sociales de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio.
A continuación les resumimos las principales medidas en materia fiscal y laboral:
1. Aplazamiento de deudas tributarias
Se concede el aplazamiento del ingreso de las deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive, durante 6 meses, sin constitución de garantías siempre que las solicitudes sean de cuantía inferior a 30.000 euros incluyendo en este límite los aplazamientos solicitados con anterioridad y pendientes de pago en ese momento.
Este aplazamiento será aplicable también a las deudas tributarias correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir el retenedor o el obligado a realizar ingresos a cuenta, a las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos y a las correspondientes a obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
Para la concesión del aplazamiento es preciso que el deudor sea una persona o entidad con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2020, siendo las condiciones del aplazamiento las siguientes:
· El plazo ha de ser de 6 meses.
· No se devengarán intereses de demora durante los primeros 3 meses del aplazamiento.
2. Nuevas ayudas sociales para la hostelería, el turismo y el comercio
ERTES. Para las empresas que mantengan un ERTE prorrogado automáticamente hasta el 31 de enero de 2021 se extienden las exenciones de hasta el 85%, previstas en la disposición adicional 1ª RDL 30/2020 de medidas sociales en defensa del empleo a determinados sectores económicos a los siguientes subsectores que pasan a ser hiperprotegidos: Comercio al por mayor de bebidas, restaurantes y puestos de comidas, establecimientos de bebidas, actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales y actividades de juegos de azar y apuestas. Estas actividades se incluyen en este RDL ya que, con fecha 14 de diciembre, la tasa de cobertura de las personas trabajadoras todavía cubiertas por los ERTE es superior al 15 % de los afiliados en su código de CNAE, y su tasa de recuperación desde primeros de mayo es inferior al 65%.
Esta medida se aplica los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021 y su prórroga se determinará en el nuevo acuerdo social que se está negociando con sindicatos y patronal para el conjunto de sectores protegidos por los ERTE. La aplicación de dichas exenciones supone el mantenimiento de empleo de un nuevo periodo de 6 meses y la prohibición de realizar nuevas externalizaciones de la actividad.
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